UNIVERSIDAD DE LA LAGUNA

 

 

 

Asunto

Informe con relación a la Resolución de 5 de febrero de 2003, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto «nuevo puerto en el litoral del polígono industrial de Granadilla. Fase I», de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.

 

Este informe se redacta a raíz de la reciente publicación de la Resolución de 5 de febrero de 2003, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se formula Declaración de Impacto Ambiental sobre el proyecto «Nuevo puerto en el litoral del polígono industrial de Granadilla. Fase I», de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife. En la misma, se hacen una serie de afirmaciones, cuando menos sorprendentes, tales como que la construcción del nuevo portuario no ocasionará perjuicio a la integridad del Lugar de Importancia Comunitaria Cod. ES7020116 “Sebadales del sur de Tenerife”, pese a que las obras proyectadas se encuentran anexas al mismo.

 

Indudablemente, toda intervención sobre el perfil de la costa modifica las condiciones oceanográficas (corrientes, dinámica sedimentaria, etc.) en las que se instalan los ecosistemas litorales. Los cambios que se produzcan dependen de la proximidad a las obras y de su  volumen y envergadura. En este caso, se trata de un puerto de gran tamaño, que ocupará 6 km de litoral y que se adentrará mar a dentro más de 1´5 km cuando se concluyan las tres fases proyectadas, y que afectará, de forma imprevisible pero con toda seguridad, a una extensa zona. Algunos efectos serán directos y se podrán constatar desde el primer momento; otros, sin embargo, tardarán varios años en producirse y no se podrán verificar sino después de décadas. Los efectos a largo plazo son difíciles de prever, aunque debido a la envergadura de las obras que se proyectan, también se harán notar incluso a gran distancia del puerto.

 

El espacio protegido que se verá principalmente afectado es el Lugar de Interés Comunitario (LIC) nº ES7020116 “Sebadales del sur de Tenerife”. A pesar de no encontrarse dentro de este LIC, las obras proyectadas son anexas al mismo (Mapa 1)  y lo afectarán con total seguridad. Las especies más importantes de este LIC que se verán alteradas, y que se encuentran incluidas en el Catálogo de Especies Amenazadas de Canarias, son varias: Cymodocea nodosa con la categoría “sensible a la alteración de su hábitat”, Cystoseira abies-marina con la categoría “vulnerable” y Halophila decipiens, Sargassum filipendula y Sargassum vulgare, como especies de interés especial. A su vez, las fanerógamas marinas Cymodocea nodosa y Halophila decipiens definen el hábitat de interés comunitario cod. 1110.

 

A continuación, se exponen los puntos a resaltar:

 

1.      Apoyados en un estudio de impacto ambiental, a todas luces incompleto y falto de rigor, y en informes cuando menos especulativos, se llega a afirmar que “no se prevén efectos negativos sobre el LIC”. Es del todo imposible prever cuáles van a ser los efectos de la construcción del muelle sobre el entorno próximo, incluyendo el LIC antes mencionado. Lo que si se puede asegurar es que éstos se producirán y que no serán positivos.

2.      Muchos efectos perjudiciales de la obra, aún los indirectos, serán irremediables e irreversibles, y no se podrán compensar con ninguna medida correctora. Con la construcción del Puerto se va a sepultar directamente 3 km lineales del sebadal (hábitat de código 1110) que se extiende desde Tajao hasta Montaña Pelada y se va a cubrir la cueva submarina (Hábitat de código 8330) ubicada en la Punta de las Cuevas del Trigo.

 

 

3.      Las medidas compensatorias centradas en el trasplante de seba (Cymodocea nodosa) están mal concebidas, por varios motivos:

 

a.- Nadie sabe si puede prosperar la siembra o el trasplante de esta especie puesto que no se ha hecho ninguna experiencia previa en tal sentido, y sin embargo la Administración se aventura a proponerla como medida correctora. Se conocen muy pocas experiencias de trasplante de Cymodocea nodosa, todas ellas en el Mediterráneo, en zonas, por lo tanto, de condiciones muy distintas a las de Canarias (Meinesz et al., 1993; Pranovi et al., 2000; Meinesz, 1978, 1980; Cinelli, 1980). La viabilidad de los trasplantes observada en esta y otras especies de fanerógamas marinas depende de muchos factores, sobre todo de las características fisiológicas de los plantones (cuánto de llenas tienen las reservas de carbohidratos), del tipo de haz a trasplantar (terminal, lateral) y su tamaño (distancia a la yema más próxima) y de las características de la zona (corrientes, exposición al oleaje, profundidad, espesor y tipo de arena, etc.). En los trabajos sobre repoblación de fanerógamas consultados se desaconsejan los trasplantes en zonas en donde no existieran antes fanerógamas. Nos parece sumamente pretencioso y especulativo dar por sentado el éxito de los trasplantes y basar en este hipotético logro una medida compensatoria, a la que se le da una gran importancia en la Resolución.

 

b.- Si bien la idea de realizar un proyecto piloto de trasplante de seba puede considerarse como positiva, nunca se tendrían que realizar las obras hasta no tener experiencias exitosas en la zona. La realización de proyectos de siembra y transplante es siempre interesante, con independencia a la construcción del puerto.

 

c.- La cantidad de plantones que se necesitaría para repoblar las extensiones propuestas es tal que se afectaría gravemente el lugar de donde se obtengan. Con respecto a la siembra con semillas, su escasa viabilidad parece ser un hecho común en el sebadal de El Médano (Reyes et al., 1995;..........).

 

d.- No se puede compensar el efecto del muelle de Granadilla sobre los sebadales del sur de Tenerife  con una experiencia piloto de trasplante llevada a cabo en Sardina del Norte (Gran Canaria), pues no se pueden extrapolar las condiciones oceanográficas de ambos ecosistemas. Téngase en cuenta que la directiva 92/43/CEE se refiere a la conservación y protección de los hábitats, no sólo de las especies, por lo que consideramos que la medida compensatoria consistente en el trasplante de seba nunca paliará la pérdida del ecosistema y sus funciones productivas -como área de reproducción y cría- en la zona afectada, incluso suponiendo que el trasplante sea viable.

e.- El hecho de que en un momento dado no existan grandes sebadales en una zona libre de afecciones indica claramente que no se dan las condiciones adecuadas para su desarrollo. El pretender que crezca seba en estos sitios es como tratar de enmendarle la plana a la Naturaleza. Hemos constatado con frecuencia la presencia de semillas en zonas de arena que parecen propicias para la seba pero en donde no existe sebadal, lo que es indicativo de que la dispersión por semillas es buena pero el hábitat no reúne las condiciones necesarias.

 

5. Con respecto a la importancia del LIC que se verá afectado, se puede afirmar que alberga uno de los mejores sebadales de Canarias, siendo, además, el único estudiado en profundidad. Según los trabajos de Reyes y Sansón (1997; 2001) realizados en el sebadal de El Médano, existen en esta zona hasta 256 especies diferentes de algas -lo que supone el 44,7 % del total de las especies de la flora marina de Canarias- además de dos hongos y dos fanerógamas. Se han descrito hasta 53 especies de algas epífitas sobre las hojas de Cymodocea nodosa, lo que equivale a decir que  el 20 % de la flora marina de El Médano vive sobre la seba.

 

6. Por otra parte, algunos sebadales que existieron en determinados muelles -como el de Santa Cruz de La Palma o el del Puerto de Santa Cruz de Tenerife- ya no existen, al haber aumentado la contaminación y la colmatación de la arena por sedimentos finos. La presencia de sebadales en determinados muelles de las Islas no indica que sean lugares propicios para su desarrollo. Bien es cierto que el abrigo que proporciona un muelle puede, a corto plazo, favorecer el desarrollo de un sebadal, pero al cabo de varios años desaparecen las sebas  por la colmatación de la arena que a larga se produce. Los espacios portuarios son incompatibles con los sebadales, por muy limpios y libres de contaminación química que se mantengan.

 

8. No se entiende la aseveración acerca de la tortuga boba (Caretta caretta) [...el informe cita a la tortuga boba (Caretta caretta) como la más habitual, afirmando que no existen poblaciones sedentarias de tortugas en la zona del proyecto y que la aparición de tortugas de la especie Caretta caretta es muy rara y esporádica...], pues en el Atlántico no existen poblaciones de tortugas que realicen todo su ciclo de vida en una misma zona, ya que en general tiene zonas de nidificación y otras de alimentación y desarrollo. Sin embargo se ha comprobado que al igual que son fieles a las zonas de nidificación, también lo son a las de alimentación y desarrollo. Entre estás últimas se encuentran los archipiélago atlánticos, incluyendo a Canarias, donde desarrollan parte de su ciclo de vida ejemplares provenientes de poblaciones que nacieron en Florida y Cabo Verde, y probablemente también en el Mediterráneo. A pesar de que los juveniles de esta especie son eminentemente pelágicos, éstos y los subadultos encuentran en las plataformas insulares recursos alimenticios y zonas de insolación, para su alimentación y desarrollo. Tal es la importancia de Canarias para esta especie, que el propio Gobierno de Canarias solicitó y desarrolló el programa LIFE “Proyecto de apoyo a la conservación de Caretta caretta y Tursiops truncatus en las Islas Canarias (LIFE 97 NAT/E/004151)”, que tenía como objetivo principal actuar prioritariamente sobre Caretta caretta durante su paso migratorio por el Archipiélago. Los propios resultados del LIFE reflejaron que de 13 tortugas marcadas, 8 se mantuvieron en zonas LIC, y tres de las trece pasaron una gran parte del tiempo el archipiélago, tanto en las aguas insulares como en el mismo litoral. Además, se ha comprobado la presencia de juveniles durante 2 y 3 años en una misma zona.

 

En conclusión, las medidas compensatorias propuestas son o bien inviables o, en el mejor de casos, suponen una compensación teórica muy difícil de demostrar y no fundamentada en conocimientos existentes. El LIC ES7020116 “Sebadales del sur de Tenerife” –una de las mejores representaciones de los sebadales que existen en Canarias- se verá irremediable e irremisiblemente afectado por las obras y el funcionamiento del muelle. Por otro lado, varias especies y comunidades importantes, protegidas o no, se verán igualmente alteradas, directa o indirectamente, por esta mega-obra, provocando un extraordinario cambio de la Naturaleza marina en un amplio sector del litoral de Tenerife y la pérdida de valores naturales singulares y funciones ambientales esenciales en los ecosistemas costeros.

 

Por todo ello, desde la responsabilidad que implica el cargo que ostenta en relación con la conservación de la biodiversidad europea incluida en Natura 2000, le SOLICITAMOS que adopte las medidas oportunas para que se subsanen los graves errores de la Resolución de 5 de febrero de 2003, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto «nuevo puerto en el litoral del polígono industrial de Granadilla. Fase I», de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.

 

 

La Laguna, a 11 de marzo de 2003

 

Wolfredo Wildpret de la Torre                                   Jacinto Barquín Diez

Catedrático de Botánica                                           Profesor Titular de Zoología

 

Alberto Brito Hernández                                            Julio M. Afonso Carrillo

Catedrático de Oceanografía Biológica                    Profesor Titular de Botánica Marina

 

María Candelaria Gil Rodríguez                                Marta Sansón Acedo

Catedrática de Botánica Marina                                Profesora Titular de Botánica Marina


BIBLIOGRAFÍA CONSULTADA

 

·      Caye, G. y A. Meinesz, A., 1986. Experimental study of seed germination in the seagrass Cymodocea nodosa. Aquat. Bot., 26: 75-87.

 

·     Cinelli, F., 1980. Le fanerogame marine: problemi di trapianto e di riforestazione. Mem. Biol.. Mar. Ocean., Suppl. Vol. X.

 

·      Meinesz, A., 1978. Etude experiméntale de bouturage des certains végétaux sous-marins dans les ports et les plages artificielles. Société Hydrotechnique de France. XV Journées de lHydraulique. Toulouse, 5(9): 1-4.

 

·      Meinesz, A., 1980. Contribution à l’étude des Caulerpales (Chlorophytes). Thèse Sci. Nat. Nice.

 

·      Meinesz, A., H. Molenaar y G. Caye, 1993. Transplantations de phanerogames marines en Mediterranee. Bolletino di Oceanologia Teorica ed Applicata, 11(3-4): 183-190.

 

·     Pranovi, F., D. Curiel, A. Rismondo, M. Marzocchi y M. Scattolin, 2000. Variations of the macrobenthic community in a seagrass transplanted area of the Lagoon of Venice. Sci. Mar. 64 (3).

 

·     Reyes J. , M. Sansón y  J. Afonso-Carrillo, 1995. Distribution and reproductive phenology of the seagrass Cymodocea nodosa (Ucria) Ascherson in the Canary Islands. Aquatic Botany 50:171-180.

 

·     Reyes J. y M. Sansón, 1997. Temporal Distribution and Reproductive Phenology of the Epiphytes on Cymodocea nodosa Leaves in the Canary Islands. Botanica Marina 40:193-201.

 

·     Reyes J. y M. Sansón, 2001. Biomass and Production of the Epiphytes on the Leaves of Cymodocea nodosa in the Canary Islands. Botanica Marina 44:307-313.